martes, 2 de septiembre de 2008

GOYA FIRMO CONVENIO PARA PROGRAMA DE INTEGRACION SOCIAL


La Secretaría de Bienestar Social de la Municipalidad de Goya firmó un convenio de Capacitación, Asesoramiento y Formación con la Secretaría de Desarrollo Humano de la Provincia. Se busca implementar en Goya el Programa de Becas de Capacitación Laboral para personas con discapacidad

El acto de rúbrica tuvo lugar en la ciudad de Corrientes Capital el pasado 29 de agosto y se concretó entre el Secretario de Desarrollo Humano de la provincia, Miguel Angel Bazzi y la Secretaria de Bienestar Social, doctora Geraldine Calvi.
De la ceremonia tomaron parte también el presidente del Consejo Provincial del Discapacitado, doctor Guillermo Segui y representantes de instituciones que trabajan por la problemática de la discapacidad.
El convenio de Capacitación, Asesoramiento y Formación tiene como objetivo la implementación del programa de “Integración Social” que proviene del Superior Gobierno de la Provincia de Corrientes, a través de la Secretaría de Desarrollo Humano, el que será destinado a personas con discapacidad en lo referente a la formación laboral mediante el otorgamiento de becas a las que podrán acceder, tras cumplimentar una serie de requisitos específicos.

PAUTAS DEL CONVENIO
El acuerdo se firmó en los siguientes términos:
PRIMERA: La provincia se compromete a través del Consejo Provincial de Discapacidad de la Secretaría de Desarrollo Humano para aportar la instrumentación del Programa de Integración Social con el Equipo Interdisciplinario del mismo efectuando asesoramiento, capacitación, evaluación y seguimiento de las personas con discapacidad a ingresar el programa.
SEGUNDA: La provincia a través del COPRODIS y del Programa de Integración Social otorgará 8 becas a personas seleccionadas por el término de 4 meses la suma de $200 mensuales. El becario deberá ajustarse a las normas establecidas en el acuerdo becario.
TERCERA: El Municipio designará responsables para la ejecución y coordinación conjunta del programa, a la vez que determinará el ingreso de la capacitación laboral en oficinas y/o espacios que considere oportuno y conforme al perfil laboral del becario y según la disponibilidad de tareas que asigne.
CUARTA: La provincia a través del COPRODIS proveerá la Capacitación de Recursos Humanos, mientras dure el programa.
QUINTA: El municipio arbitrará los medios para que una vez finalizada la capacitación y si el perfil del becario se encuentra dentro de las exigencias prestacionales de la Municipalidad a ingresar a un becario como mínimo, como agente municipal a efectos de dar cumplimiento a lo prescripto en la ley provincial 4.478 en su artículo 17.
SEXTA: Del presente convenio podrán desistir unilateralmente cualquiera de las partes, previo aviso y notificación previa de 15 días hábiles.
SEPTIMA: El COPRODIS ofrece propiciar acciones tendientes a colaborar con el Municipio en el proceso de la implementación del Programa y allanamiento de las dificultades que pudieran suscitarse.-